Suspensión e interrupción de plazos

En las disposiciones adicionales del Real Decreto-Ley 463/2020, por el que se declara el estado de alarma, se establece la suspensión de todos los trámites procesales y administrativos, así como la interrupción y suspensión de la caducidad y la prescripción. Vamos a ver en qué consiste.

Web construida con WordPress.com.

Subir ↑

Diseña un sitio como este con WordPress.com
Comenzar